EXENCIÓN INMUEBLES RÚSTICOS DESTINADOS A EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS o GANADERAS
Resolución de 9 de junio de 2023 de la Secretaría General de Financiación autonómica y Local, por la que se regula el procedimiento de compensación de la exención en el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica para el ejercicio 2023 prevista en el art. 12 del RD-ley 4/2023 de 11 de mayo. BOE 141 , miércoles 14 junio 2023
REQUISITOS:
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Que el TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN sea el TITULAR CATASTRAL.
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ACEDITAR REDUCCIÓN DEL RENDIMIENTO NETO DE LA EXPLOTACIÓN EN UN 20% con respecto a la media de (2020 a 2022) o de un 30% en zonas distintas de ZLN. (verificado mediante declaración tributaria, contabilidad de explotación, declaración responsable...) lo que la Entidad local considere suficiente.